PARLAMENTO AMAZONICO

VICEPRESIDENCIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Honorable Diputada ANA LUCIA REIS
Presidenta del Parlamento Amazónico Internacional
Congreso de la República de Bolivia
Palacio Legislativo, Plaza Murillo s/n
La Paz- Bolivia
Habitación: Obrajes, Calle 13, Pasaje Q, N° 25, La Paz
Teléfono (005912) 376264 / Bancada 378931 / Coordinación 392939 Fax. 377590.
Hab. La Paz 786797. Hab. Cobija: (5918) 422193 / Celular: 00591-73088832.


Honorable Diputado EDDY GOMEZ
Vicepresidente del Parlamento Amazónico Internacional
República Bolivariana de Venezuela
Av. Universidad, Esq. La Bolsa, Edf. Antigua Corte Suprema de Justicia, 2º Piso
Teléfono: 484.93.21 – 484-38-83
E-Mail: parlamentoamazonicovenezolano@gmail.com

Miembros Principales por Venezuela
Diputado Julio García Jarpa / Diputada Nohely Pocaterra
Diputado Jesús Ernesto Graterol / Diputado Adel El Zabayar

Miembros Suplentes por Venezuela
Diputado Héctor Agüero / Diputada Loa del Valle Tamaronis / Diputado Ricardo Capella
Diputado Diógenes Palau / Diputado Henry José Hernández

Directora de Secretaria
Lic. Tania Gómez

Director de Administración
Alexander Montañes




¿Qué es el Parlamento Amazónico?

El Parlamento Amazónico es un organismo de carácter permanente, creado en el año 1989 por iniciativa de la Cámara de Diputados del Congreso de la República del Perú, integrado por Representante de los Parlamentos de los Países de la Amazonía electos democráticamente. Son miembros constitutivos del Parlamento Amazónico los Parlamentos Democráticos de todos los Estados que comparten la Amazonía a saber: República de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela. Esta institución ha venido sesionando, en estrecha colaboración con el Tratado de Cooperación Amazónica, como cuerpo legislativo de carácter permanente promotor del intercambio político-parlamentario en la Cuenca Amazónica.

La Amazonía está universalmente reconocida como el sistema ecológico más importante y valioso con que cuenta actualmente la humanidad; y, por ello, es deber y derecho de los pueblos de velar por la conservación y mejor uso de sus ingentes recursos y potencialidades, en beneficio de sus pobladores y al servicio de la civilización, rechazando toda injerencia que pretenda vulnerar su soberanía.

Con la celebración de la VII Asamblea Ordinaria realizada en Sta. Cruz de la Sierra, República de Bolivia en marzo de 1996 entra en vigencia de acuerdo al artículo 73 el Reglamento del Parlamento Amazónico el cual cumple la función de establecer la obligatoriedad, la base moral y política sobre la cual descansan las disposiciones jurídicas que se enuncian a través de su articulado.

Estructura Organizativa:

Los órganos del Parlamento Amazónico son: la Asamblea, la Junta Directiva, la Secretaría Ejecutiva y las Comisiones Permanentes, los cuales deberán difundir en los países miembros los principios y objetivos que inspirare su actuación y a su vez conformen su Estructura Organizativa. La cual está compuesta por:

Asamblea

Es el órgano de máxima jerarquía del Parlamento Amazónico, y está compuesta por delegaciones de cada uno de los Parlamentos Miembros. Se reúne anualmente.

Junta Directiva

Está compuesta por un Presidente, un Vicepresidente por cada país miembro, un Secretario General Adscrito a la Presidencia y por el Secretario Ejecutivo que actuará como apoyo técnico de la Junta Directiva.


Presidente:

El Parlamento Amazónico tiene un Presidente, elegido en Asamblea Ordinaria para un período de dos años. Es el funcionario de más alta jerarquía del Parlamento Amazónico, con la capacidad jurídica y representación para ejercer las facultades de conducción política y supervisión de la organización, funcionamiento, administración, desarrollo y desenvolvimiento de las actividades, labores, obligaciones y roles de la entidad y sus órganos.

Vicepresidentes:

El Parlamento Amazónico tiene tantos Vicepresidentes, como Parlamentos Miembros, sin preminencia alguna y observando sólo el orden alfabético del país al cual pertenecen. Los Vicepresidentes serán, en sus respectivos países , los representantes permanentes del Parlamento y presiden los grupos de representación nacional ante el Parlamento Amazónico.

Secretaría General:

Constituye un apoyo a la Presidencia del Parlamento Amazónico y opera en la sede del Parlamento Nacional al que pertenece el Presidente. El Secretario General es designado por la Presidencia y permanece en sus funciones el mismo período que ésta. Igualmente debe ser Parlamentario en ejercicio.

Secretaría Ejecutiva:

Es el órgano estable adscrito a la Directiva, a cuyo cargo está la vigilancia del cumplimiento de las decisiones y recomendaciones adoptadas por el Parlamento Amazónico y deberá ser el órgano de apoyo para las actividades de las comisiones y la Asamblea en lo referente a convocatorias, apoyo técnico y asesoría en la preparación de los documentos de trabajo. La sede de la Secretaría Permanente es la ciudad de Caracas, República de Venezuela. Será ejercida por un funcionario rentado no parlamentario designado por la Asamblea General por un período de dos años

Comisiones del Parlamento Amazónico:

Las Comisiones del Parlamento Amazónico son órganos de consulta o estudio, tienen por objeto examinar y opinar sobre las cuestiones que le sean sometidas por la Asamblea.

El Parlamento Amazónico tendrá cuatro Comisiones Permanentes: A) Desarrollo Sostenible, Ecología y Biodiversidad; B) Asuntos Jurídicos, Legislativos, Cooperación Internacional e Integración; C) Asuntos Políticos de la Mujer, Derechos Humanos, Pueblos y Etnias de la Amazonía; D) Asuntos Culturales y Científicos-Tecnológicos y Educativos. Cada comisión del Parlamento Amazónico promueve la ejecución de planes regionales de acuerdo a los temas afines de cada comisión.

1. Desarrollo Sostenible, Ecología y Biodiversidad.
Diversidad biológica, armonización legislativa, recursos forestales, explotación minera y problemática indígena, conservación del medio ambiente, específicamente con el desarrollo sostenible de los ecosistemas amazónicos.
Acelerar los procedimientos internos dirigidos a la aprobación de los programas nacionales diseñados a favor de la utilización racional de los recursos naturales, específicamente los existentes en los respectivos territorios amazónicos de los Países Miembros.
Favorecer el intercambio de información y conocimientos relacionados con la diversidad biológica y el desarrollo sostenible entre los Parlamentos Nacionales Miembros; así como otros temas relativos a la realidad medioambiental.

2. Asuntos Jurídicos Legislativos, Cooperación Internacional e Integración.
Promover la compatibilización de las legislaciones ambientales y otras áreas relacionadas con la realidad amazónica.
Propiciar la cooperación y el intercambio económico y comercial de los Países Miembros, así como favorecer el establecimiento de una posición regional común en el escenario económico internacional.
Promover el diseño e implementación de proyectos regionales en el sector de transporte terrestre, fluvial, aéreo y multimodal y en el área de telecomunicaciones e informática.

3. Asuntos Políticos, de la Mujer, Derechos Humanos, Pueblos y Etnias de la Amazonía.
Impulsar el acercamiento de las estructuras políticas y gubernamentales de los Países Miembros, así como de promover la vigencia del sistema democrático y sus instituciones a nivel regional y continental.
Promover el fortalecimiento de la identidad étnica y la protección del patrimonio histórico cultural de las comunidades nativas y pueblos de la Amazonía, así como la utilización de los conocimientos etnohistóricos en los programas de desarrollo regional.
Incentivar el diseño de planes y programas regionales dirigidos a solucionar los problemas sociales de los Países Miembros, principalmente de los grupos más necesitados, así como promover el respeto de los derechos y libertades individuales del hombre derivados de su condición humana.


4. Asuntos Culturales, Científicos-Tecnológicos y Educativos.
Promover e incentivar el diseño de planes y programas regionales en el campo de la ciencia, la tecnología y la educación.
Propiciar la protección del patrimonio cultural de los Países Miembros, especialmente de los pueblos que había en la Amazonía.
Fomentar la difusión y consolidación de los valores culturales ancestralmente establecidos por las comunidades y pueblos de la Amazonía.